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Licencias y permisos
Preguntas y dudas frecuentes
- ¿Qué es una legalización eléctrica?
- ¿Qué es una licencia de actividad?
- ¿Qué es una licencia de obras?
Blog licencias y permisos
Autorización ambiental - Anexo I: régimen de autorización ambiental
El procedimiento a seguir para conseguir una autorización ambiental para la apertura de un establecimiento comprendido en el Anexo I, es el siguiente::
- Para la sol·licitud de la licencia o la autorización, la documentación necesaria es la siguiente:
• Fotocopia del DNI/NIF del titular de la actividad. En el caso de extranjeros fotocopia del NIE o del certificado de NIE (en caso de comunitarios). El documento debe estar en vigor. - • Poderes del representante (si es el caso) y fotocopia del documento de identidad en vigor.
- • Relación de vecinos por duplicado. Son vecinos todos los titulares de derechos (propietarios, arrendatarios, ocupantes) de la propia finca, de las fincas colindantes y las próximas (las separadas de la actividad o local donde se hace la instalación por una vía pública de menos de 8 m y también las situadas en igual distancia a pesar de la existencia de fincas interpuestas).
- • Documento de designación del reponsable técnico.
- • Estudio de impacto ambiental.
- • Documentación preceptiva relativa a los accidentes graves.
- • Acreditación de la calidad del suelo y su compatibilidad con la actividad.
- • Breve resumen del contenido del proyecto que pueda entenderse por cualquier persona sin conocimientos técnicos.
- • Declaración de datos confidenciales.
- • Proyecto básico (con los anexos específicos que haga falta); cuadruplicado ejemplar (Anexo I) o triplicado ejemplar (Anexo II).
- • Comunicación de la intención de iniciar el ejercicio de una actividad o de poner en funcionamiento una instalación técnica (ascensor, aire acondicionado de pequeña potencia...) inocua. No hace falta licencia previa de actividades para realizar las instalaciones necesarias, y se tiene que solicitar el permiso de obras en caso de que se necesite.
- • Tras la finalización de las obras o
instalaciones, se solicitará una certificación técnica a una Entidad Ambiental de Control (EAC)
sobre el proyecto y su ejecución material. En el momento de comunicar el inicio de la actividad, hay que aportar la certificación técnica de la EAC acompañando al proyecto técnico (visado por
el colegio correspondiente). .
• En el supuesto de que la actividad que se quiera iniciar se encuentre afectada por el plan de usos del distrito, hará falta que previamente se solicite un informe urbanístico.
Presentación comunicado de una autorización ambiental:
- Antes de realizar cualquier instalación.
- Esta licencia es previa o simultania con las de obras, en caso de que se necesite, tanto la de nueva planta como la de reforma para adecuar el local o edificio para el ejercicio de la actividad.
Inicio de la actividad o instalación de una autorización ambiental:
- En la misma fecha en que se presente el comunicado, con la documentación necesaria, del final de los trabajos de instalaciones o adecuación.
- La admimistración evaluará, posteriormente, estas certificaciones.
Plazo para resolver una autorización ambiental.
- Es necesario que la administración resuelva en el plazo de 6 meses (anexo II) o 10 y 8 meses (anexo I), prorrogables por causa justificada en ambos casos. Este plazo se evalúa descontando del plazo total, desde la fecha del registro, la totalidad de los periodos en que el expediente haya sido paralizado por causa imputable al interesado.
Pasado este plazo, caso de no haber respuesta por parte de la administración se considera:
- En el caso de licencias ambientales (anexo II) denegada.